Proveedores del Estado

El Registro General de Proveedores del Estado, a que refiere el art. 65 del TOCAF 1996, será llevado, en el ámbito del Poder Ejecutivo (Ministerio de Economía y Finanzas), a través de la Tabla de Beneficiarios del Sistema Integrado de Información Financiera (S.I.I.F.), sin perjuicio de lo establecido en el artículo 324 de la Ley Nº 16.736 de 5 de enero de 1996.